viernes, 6 de agosto de 2010

LOS DEPARTAMENTOS


Los métodos de participación y descentralización que nos otorga la constitución del 91 introdujo grandes cambios fundamentales en el sistema territorial , un gran paso que se nos provee. Nuestra carta magna ya que es muy joven a un mereces todas las oportunidades. Una de las cosas que nos dio ahora son los Departamentos que cuentan con una autonomía para Administración de los asuntos seccionales y la planificación y promoción del desarrollo económico y social dentro de su territorio en los términos establecidos por su constitución, además ejercen funciones administrativas de coordinación de complementariedad de la acción Municipal de intermediación entre la Nación y las leyes. La elección por voto popular Esto difiere mucho de nuestra anterior constitución que era un estado paternalista de orden centralista pretendía monopolizar el poder en una sola persona y este nombraba a quien querían, amigos si tener en cuenta las necesidades de dicho territorio, el Gobernador era nombrado por un acto administrativo y no representaba a las comunidades. Ahora las comunidades está dirigidas por un mandatario que es elegido por el pueblo mediante el voto popular y goza de toda autonomía para nombrar a sus colaboradores los Secretarios de despacho, funcionario etc. quienes juntos con el mandatario orientaran las políticas. La asamblea Departamental es una corporación elegidos popularmente por el pueblo, para hacer control político. Una a función del Gobernador es cumplir con la constitución, presentar el plan de desarrollo este es muy importante porque a trazar un plan de gobierno por el que fue elegido, este plan será la carta de navegación de su periodo para el que fue elegido. Entonces la constitución del 91 es participativa y nos da las herramientas para transformas nuestro entorno para bien de toda la comunidad.




Alexander Ospina Urueña
Semestre 5b

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