viernes, 13 de agosto de 2010


Organización general del estado colombiano.

Colombia a partir de la constitución política de 1991, sufre un cambio fundamental en la estructura general del estado; pues como bien sabemos el pueblo colombiano estaba cansado de la forma como los presidentes de décadas anteriores a la constitución de 1991, gobernaban el país, de manera clientelista y corrupta, sin ninguna participación del pueblo y sin ningún control judicial que velara por los interés del país.
Mediante la constitución política de 1991, podemos resaltar que la estructura del estado toma una forma solida en donde entran a participar las tres ramas del poder público, los entes de control, la procuraduría general de la Nación y Defensoría del Pueblo, órganos autónomos, órganos electoral, corporaciones y universidades autónomos.
Como bien sabemos, mediante la asamblea nacional constituyente de 1991, se mantiene el principio de independencia de las tres ramas de poder público, pero le da una gran autonomía a la rama judicial, dándole un presupuesto autónomo y agregando a la rama judicial, el Consejo de Estado, El Congreso Superior de la Judicatura, la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional y la Fiscalía General de la Nación. Cuyas funciones seria entre otras: las de verificar la constitucionalidad de las leyes, expedidas por el congreso de la república, y los decretos que expide el presidente, el procesar a altos funcionarios del estado, atender los asuntos entre el Estado y los ciudadanos, atender los asuntos disciplinarios de los funcionarios del poder judicial, las investigaciones judiciales, la presentación de pruebas en procesos penales, la acusación de probables responsables a la violación de códigos penales y civiles nacionales.
Podemos observar que a pesar de que Colombia cuenta con un régimen político presidencialista, pues el presidente lo elige el pueblo, éste régimen a partir de la constitución del 91, perdió autonomía, debido a que se ve ceñido, por la rama judicial y los órganos de control, en el ejercicio de sus función. Por esto es muy común que en la actualidad se hable del “choque de trenes” en donde se refiere a las discrepancias entre la rama Judicial y la rama ejecutiva.
Es importante resaltar que antes de la constitución política de 1991, Colombia era un estado de derecho, en donde la prioridad era el Estado, pero con la constitución del 91 Colombia es un Estado Social de Derecho, en donde priman los derechos de los ciudadanos ante una sociedad y ante el Estado.
Además, la Constitución incorporó nuevos espacios de participación ciudadana, dejó de lado la tradicional democracia representativa y definió al Estado colombiano como una democracia participativa. Incluyendo importantes cambios en la constitución como los mecanismos de defensa para los derechos fundamentales como la tutela, determina la delimitación y administración de los territorios indígenas, mejora la participación comunitaria, establece un amplio régimen de inhabilidades e incompatibilidades para los congresistas, se eliminan las suplencias en las corporaciones públicas, reconoce la diversidad de cultos, reconoce como derechos la ciudadanía la ecología y la cultura entre otros.


ENITH DEL SOCORRO JIMENEZ
QUINTO B

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