viernes, 27 de agosto de 2010


REGIMENES ESPECIALES Y AREAS METROPOLITANAS

Acerca del ordenamiento territorial, efectivamente, con base en la Costitucion Politica de Colombia y las respectivas leyes reglamentarias, se crearon los distritos especiales y las áreas metropolitanas, dos tipos de unidades territoriales de importancia para el país.
El artículo 290 de la Carta indica la necesidad de efectuar periódicamente un examen de los límites de las entidades territoriales. El artículo 298 señala que los departamentos tienen autonomía para la administración y la planificación de su desarrollo económico y social dentro de su territorio. Finalmente, el artículo 310 indica que el departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina tiene su propio sistema por el que se regirá.
Ahora bien, el ordenamiento territorial es la distribución espacial sobre el territorio de un país de las configuraciones geográficas, las comunidades humanas, las unidades político administrativas, y los usos del suelo existentes y propuestos.
El propósito del ordenamiento territorial no es otro que el de armonizar territorio, población y gobierno, y el objetivo es regionalizar el país.
El Estado, se entiende como una administración pública, en donde su principal función, es dirigir los destinos de esta nación, esta administración pública, esta integrada por una administración nacional, lo que se conoce como una administración nacional lo que se conoce, como una administración central y a su vez por una administración territorial , la cual se ejerce de manera descentralizada, también esta administración publica, se compone de una conjunto de personas jurídicas de derecho publico para ejercer múltiples funciones publicas, las cuales se encuentran previstas en la constitución y en la ley, también a esta a esta administración la conforman las personas jurídicas de derecho privado, a las cuales el ordenamiento jurídico les atribuye también el Ejercicio de Funciones publica.
De acuerdo al ejercicio de estas competencias constitucionales, el congreso de la republica, las asambleas departamentales y los consejos distritales o municipales ha creado al respecto un numero considerable de entidades publicas, ya sea que tenga si o no personería jurídica, en cada uno de los niveles nacionales, departamentales, distritales y municipales de la administración publica colombiana.
De acuerdo a este orden nacional, se ha generado una grave atomización en la organización estatal y esta a generado que se desvirtué la responsabilidad tanto política como jurídica del presidente de la republica y aun de los ministerios del despacho y los directores de departamentos administrativos ya que esta responsabilidad se diluye a lo largo de tantas entidades que ahora poseen una autonomía administrativa con o sin personería jurídica, esta misma situación se puede observar en el orden departamental, distrital y municipal, y así con la presencia de múltiples entidades administrativas.

MARIA JANETH VARGAS PLAZAS
SEMESTRE VB

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