jueves, 19 de agosto de 2010

ORGANIZACIÓN GENERAL DE NUESTROS MUNICIPIOS EN COLOMBIA



Con la Constitución Política de 1991, se reconoció a los Municipios como células Básicas del Estado Colombiano.
Los Municipios se clasifican de acuerdo al número de habitantes y sus ingresos que poseen.
Las relaciones entre los Municipios y los Departamentos o la Nación dependen de la categoría que hayan quedado en su clasificación. Se ha conocido que diversos Alcaldes han tenido inconvenientes Judiciales por falta de conocimientos Administrativos y a la vez desconociendo las normas que los rigen.
El Gobierno Nacional esta desarrollando un gran esfuerzo, permitiendo que los Lideres se preparen de una forma consiente para poder desarrollar acciones en beneficio de nuestro país, nos permite la escuela superior de Administración publica E.S.A.P. Aplicar ese selecto conocimiento para subsanar tantas falencias en las corporaciones públicas, en la actualidad contamos con 1098 municipios en Colombia y pertenecen a la rama ejecutiva.
La ley establece la categoría de los municipios de acuerdo a la población, recursos fiscales, en su economía y situación geográfica.
El congreso establece mediante la ley 136 de 1994 y 617 del 2000 los parámetros para la categorización de los municipios. También la ley nos otorga la creación de las áreas metropolitanas cuando dos o mas Municipios tengan relaciones económicas, sociales, y físicas, estas áreas metropolitanas podrán convertirse en distritos conforme a la ley.

EL CONCEJO MUNICIPAL

Es una corporación pública y se desarrolla como coadministradora Municipal y ejerce el control político.
Los concejales son elegidos de igual forma que los alcaldes para un periodo de cuatro años por elección popular.
El numero de concejales depende de la categoría del Municipio cuentan con una secretaria y se organizan por comisiones permanente o excepcionales.




FUNCIONES PRINCIPALES

 Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Municipio.
 Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social de obras públicas.
 Autoriza al alcalde para celebrar contratos.
 Dictar normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos.
 Determinar las funciones de las dependencias.
 Elegir personero para el periodo que fije la ley y los demás funcionarios que esta determine.
 Ejercer el control político sobre la Administración Municipal.

La constitución política de 1991 se dio principio a la elección de Alcaldes y serian elegidos por un periodo constitucional de cuatro años.
Por falta absoluta a más de 18 meses se elegirá Alcalde para el tiempo que falte.
Y al faltar menos de 18 meses el gobernador designara un Alcalde para lo que reste del periodo.
El presidente y los gobernadores en casos específicos de ley suspenden y destituyen Alcaldes.
Con la elección popular de los Alcaldes cambio las constumbres políticas en Colombia.

FUNCIONES DE LOS ALCALDES

 Cumplir con la constitución y la ley.
 Conservar el orden publico en el Municipio
 Dirigir la acción Administrativa de los Municipios, nombrar y remover los funcionarios bajo su dependencia.
 Presentar al concejo proyectos de acuerdo con el plan de inversión y el presupuesto.
 El Alcalde debe trabajar en armonía con e concejo Municipal

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