viernes, 13 de agosto de 2010

LA TRANFORMACION DE PODERES EN EL HUILA


La constitución de 1991 introdujo varios cambios fundamentales como fue el régimen territorial, a un esquema político y descentralización Administrativo, a un sistema de democracia para las entidades territoriales, a los Departamentos les otorga una autonomía para el desempeño de la Administración de los asuntos seccionales y la planificación y promoción del desarrollo económico y social dentro de su territorio, en los términos establecidos por la Constitución, además ejercen funciones administrativas de coordinación de complementariedad de la acción Municipal de intermediación entre la Nación y las Leyes. Esto cambia mucho en cuanto a nuestra anterior constitución, que su articulado solo pretendía centralizar y monopolizar el poder en una sola persona , en donde el mandatario de turno (Presidente) solo nombraba a los amigos, sin tener en cuenta las necesidades de dicho territorio, el Gobernador era nombrado por un acto administrativo y este a su vez sus inmediatos colaboradores (de acuerdo a la afiliación política de turno). Aumentando así la corrupción. Ahora los Departamento está dirigido por un Gobernador, que es elegido por el pueblo, mediante el voto popular que se realiza cada 4 años (el ultimo domingo del mes de Octubre), y goza de toda autonomía para nombrar a sus inmediatos colaboradores como son los Secretarios de despacho, Departamentos Administrativos y Institutos descentralizados, quienes juntos con el mandatario pasaran sus proyectos de ordenanzas para ser aprobadas en la Corporación denominada Asamblea Departamental (que está conformada por 12 Diputados) de distintos partidos políticos elegidos popularmente por el pueblo, para un periodo de cuatro (4) años, su función es ejercer un control político y podrán citar a los secretario de despacho para que den cuenta de sus actos, pero lo malo de esto es que algunos Diputados han tomado su credencial de Diputados para sacar prebendas personales mediante contratos para pagar favores políticos, por tal razón se ha perdido la altura que debe tener la duma departamental y tan importante en nuestro departamento del Huila, y que nos da la constitución
Otras de función del Gobernador es dirigir y coordinar la acción administrativa del departamento y actuar como gestor y promotor del desarrollo de nuestro departamento, dirigir y coordinar los servicios nacionales en condición de delegación que le confiere el Presidente de la República. Otra facultad importante que tiene el señor Gobernador es nombrar y remover libremente a los Gerente de los Establecimientos públicos y de las empresas industriales o comerciales del departamento. Entre otras puede suprimir y fusionar las entidades departamentales.

Marleny Carvajal Olaya
semestre VB

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