miércoles, 11 de agosto de 2010

LA DIGNIDAD HUMANA Y EL ESTADO DE DERECHO


En la Concepción del modelo de Estado constitucional y democrático de derecho el paradigma central, el valor fundamental y el superior que informa no solo la activa del Estado, de las autoridades sino además a todo el ordenamiento jurídico, es el de dignidad humana. El hombre en su sentido natural y social es el valor superior y el fin de la sociedad y del Estado, la persona humana se considera como “fin en sí mismo” y por tanto no puede ser instrumentalizado para fines o propósitos ultrapersonalista ni tomado como instrumento a favor del Estado, el partido, la religión o el interés público pues toda la estructura principialistica que informa el modelo de organización política propia de la carta política de 1991 se edifica a partir del principio “dignitas omitís”.
Lo anterior significa que para ordenamiento superior el concepto central y fundamento de la toda la estructura del Estado es el principio de “respeto a la dignidad humana” preceptiva a la cual hay que añadir la innata titularidad de derechos y obligaciones que se reconoce a todo hombre “toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica y el reconocimiento del derecho al libre desarrollo de la personalidad.
La dignidad humana como valor central de la carta política colombiana es el haz de valores vinculados al hombre, aquello que lo constituye en valor supremo de la vida social y que por lo mismo debe preservarse.
El concepto de dignidad humana representa entonces en la concepción del Estado moderno, el valor central, el fin y el objetivo de la organización del poder y de la sociedad, razones para decir que el Estado de derecho es hoy en día un estado antropocéntrico, ósea que tiene por el eje y centro al hombre como ser digno, libre y que es intrínseco e innato titular de derechos humanos. La dignidad es la excelencia y el valor superior que cada hombre posee.
La personalidad no es un atributo que el derecho o el Estado otorgan al hombre, es algo inminente a él y por eso no hay hombres que no sean personas quedando prohibida toda forma de discriminación por razones de raza, nacionalidad, sexo, lengua, religión y opinión política o filosófica. A diferencia de los modelos antiguos de sociedad en los cuales la calidad de persona eran una concepción del Estado, el constitucionalismo democrático partiendo del principio de dignidad humana, considera que todo ser humano es intrínsecamente persona y por lo mismo titular de derechos y obligaciones.

YURI MARCELA CONDE NUÑEZ
VB SEMESTRE

1 comentario:

  1. Yuri, esa es la mujer sensible que yo admirò. con escritos profundos sobre el papel de la persona humana. Muy bien por su esfuerzo y por imprimirle calidad. Se dan cuenta que cada vez que escriben se muestran diferentes?. Por favor no abandones este ejercicio que es màs pràctico y util que aprenderse de memoria un texto que nunca vas a escribir algo sobre ello. Siempre reclamo màs liderazgo de la mujer.

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