jueves, 12 de agosto de 2010

EL TRABAJO ES UN DERECHO FUNDAMENTAL?


E

El artículo 292 de la constitución política de Colombia establece “los Diputados y Concejales y su parientes dentro del grado que señala la ley no podrán formar parte de la Junta Directiva de las entidades descentralizadas del respectivo Departamento, Distrito o Municipio.
No podrán ser designados funcionarios de la correspondientes entidades territoriales los cónyuges o compañeros permanentes de los Diputados, Concejales ni su parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil.
Esta prohibición que tiene que ver con la organización territorial en el capítulo de las disposiciones generales nos lleva a una reflexión indudablemente moderna de la concepción del sagrado derecho al trabajo.
El artículo 12 de la pasada constitución soviética de los años 60 decía: el trabajo en la unión soviética es un deber y un honor para todo ciudadano apto para el mismo, de acuerdo con el principio “ el que no trabaja no come” Este principio muy sabio cobra vigencia en estos tiempos en donde el consumismo tiene a la sociedad hundida en la desesperación porque una sola persona generalmente no alcanza a suministrar lo indispensable para el sostenimiento de un hogar y el desconocimiento del derecho al trabajo está llevando a los pueblos a la violencia al incremento del robo, de los homicidios y en general a la inseguridad ciudadana porque lo único que el hombre hace es dejarse morir de hambre, el gran pontífice Juan 23 decía: Sin empleo hay pobreza , con pobreza hay hambre y con hambre hay violencia.
La práctica instaurada por el pasado gobierno de familias en acción aparentemente en parte solucionaba el problema del hambre pero lo que realmente se hizo fue convertir al país en una Nación de pordioseros, que viven esperando las limosnas del Estado, perdiendo inclusive la costumbre de trabajar.
Consideremos que lo importante no es darle limosna a la gente sino educarla para que pueda trabajar y darle la oportunidad de trabajar.
El articulo en comento coloca a los familiares de los Diputados y Concejales en muerte laboral porque por el hecho de ser familiares de estos personajes se les corta el sagrado derecho al trabajo es decir que simple llanamente ser familia de un Diputado o un Concejal en los términos del ordinal primero del artículo 292 de nuestra carta magna nos convierte en muertos civiles políticos administrativos y laborales de un país en donde el desempleo aumenta en términos escalofriantes, es decir la economía crece en proporción aritmética y el desempleo crece en proporción geométrica .
Hago esta reflexión para que se piense sino seria más viable el fortalecimiento de la carrera civil o administrativa para que las personas acudan a los empleos con base a los concursos emitidos por l estado para con controlar esta cortapisa que se convierta en un arma socialmente criminal contra el derecho al desempleo porque no es justo que por tener un hermano o un cuñado Diputado o Concejal, la persona tenga que pagar las consecuencias de no poder acceder a un empleo cuando tienen capacidades, idoneidad, ha luchado para hacer una carrera y luego se encuentran con la barrera constitucional que le impide trabajar en su Municipio o en su Departamento.
Esta es la razón para que nos preguntemos si el trabajo es un derecho fundamental.


STELLA PLAZAS ALMARIO
V SEMESTRE " A "
ADMINISTRACION PUBLICA

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